El Gobierno blindará los alquileres durante todo 2023. Esta medida, vigente hasta diciembre del pasado año, ha sido una de las novedades del Ejecutivo de Pedro Sánchez dentro del paquete de nuevas medidas tomadas para poner freno a la inflación y hacer frente a las consecuencias de la guerra de Ucrania, un acuerdo que limita la subida de los alquileres dentro del nuevo Real Decreto Ley de medidas anticrisis aprobadas a finales de 2022.
Además, establece una prórroga de seis meses para los arrendamientos que expiren antes del 30 de junio de este mismo año, si no hay acuerdo entre las partes y el inquilino así lo desea, aplicándole una subida no superior al 2% como al resto de contratos. Con este acuerdo, los propietarios de pisos alquilados seguirán sin poder subir el precio mensual del alquiler de la vivienda más de un 2% durante todo este año.
Lo que parecía una solución temporal aprobada a finales de marzo y prorrogada en junio del pasado año y en septiembre, se ha convertido en un salvavidas para muchos arrendatarios en este 2023 que veían como los precios del alquiler suponían una subida más que importante.
La medida está en vigor desde abril de este año y se extenderá durante todo 2023, afectando a unos 3,5 millones de contratos de alquiler vigentes hasta el momento, contratos a los que les tocaba revisión anual entre abril y junio. El incremento de la cuantía en la renta se pactará entre arrendador y arrendatario, pero esta no podrá exceder del 2%. Es decir, el arrendador no les podrá cobrar a los inquilinos por encima de la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), aun superando valores superiores al 2%.
¿Cómo afecta el 2% a la subida de los alquileres?
Hasta la entrada en vigor del tope a la subida de los alquileres, muchos inquilinos vieron cómo la renta a pagar era mucho mayor a la que estaban pagando, actualizándose esta con las cifras que marcaba el IPC, cuando está última variación ha sido superior al 7% y 8%. De esta manera, a través del conocido como “Plan de choque de respuesta a la guerra”, se pone límite del 2% a todos los países de la zona euro en base al IGC.
- Límite máximo de la subida del alquiler a un 2%.
- Entrada en vigor a partir del 1 de abril de 2022.
- Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023.
- Afecta a todos los inquilinos que tengan la revisión de su alquiler durante estos meses.
Esta medida sobre los precios del alquiler no tendrá carácter retroactivo para los contratos ya actualizados en marzo de 2022, pero sí a todos aquellos que se hayan actualizado o actualicen entre abril de 2022 y diciembre de 2023. Aunque esta medida es de carácter temporal, desde el Gobierno no descartan ampliar su plazo si la inflación sigue a estos niveles, como ya ocurrió en la posterior prórroga, ampliada tres meses más otros tres hasta septiembre y se ha vuelto a prorrogar hasta finales de este año.
Desde el pasado mes de marzo, la subida a los alquileres queda limitada al Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que establece un tope máximo del 2%, aunque su tasa se encuentre por encima. Según la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, «cuando la tasa de variación de este índice supere el objetivo a medio plazo de inflación anual del Banco Central Europeo (2%), se tomará este valor como referencia. De esta forma, se asegura que los contratos a los que se aplique este nuevo índice contribuyan a garantizar el mantenimiento de la competitividad de la economía en el medio plazo».