La nueva Ley de la Vivienda en España ya está provocando sobre proyecto una sonada polémica en el seno del Ejecutivo, una controversia con gran eco mediático entre el PSOE y Unidas Podemos.
Se llegó al acuerdo inicial de aprobar la nueva normativa inmobiliaria en tres meses desde la promulgación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.
La idea central de este anteproyecto de ley sería el control de los precios del arrendamiento inmobiliario en aquellas zonas que han de soportar mayores tensiones en el mercado: es decir, aquellas en que las subidas de precios de arrendamiento han sido particularmente vertiginosas.
El PSOE ha planteado impulsar la movilización de las viviendas vacías que tanto han proliferado en nuestro país, mediante un astronómico recargo del 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles.
Esta posibilidad de recargo de la fiscalidad sobre inmuebles desocupados ya se contemplaba en el artículo 72.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (recuérdese que el IBI es un tributo cedido por el Estado a los Ayuntamientos).
Dicho artículo reza textualmente: «Tratándose de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, los ayuntamientos podrán exigir un recargo de hasta el 50 por ciento de la cuota líquida del impuesto. Dentro de este límite, los ayuntamientos podrán determinar mediante ordenanza fiscal un único recargo o varios en función de la duración del período de desocupación del inmueble.”
Lo que ha retrasado la aplicación de esta posibilidad ha sido la falta de una definición jurídica precisa sobre el concepto mismo de vivienda vacía. Además, con el nuevo anteproyecto de Ley de la Vivienda en España es precisamente definir tal concepto para poder introducirlo en la legislación.
Algunas entidades locales han tratado de poner en práctica el mencionado recargo, pero los tribunales correspondientes del orden civil han tumbado toda tentativa en ese sentido, porque nadie sabe qué es lo que las leyes y la doctrina actual definen como “vivienda vacía”.
¿Nuevo impuesto para las viviendas vacías?
Desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana dirigido en la actualidad por José Luis de Ábalos (del PSOE), se habla de aplicar tal recargo. Sin embargo, los integrantes de Unidas Podemos en el Ejecutivo insisten en la necesidad de un nuevo impuesto específico sobre los inmuebles residenciales desocupados, que además posea un tramo autonómico en su gestión, recaudación, liquidación e inspección.
Además, Ábalos ha declarado que desde su Partido se prefiere aplicar incentivos fiscales para que los propietarios arrienden las viviendas por debajo de los índices de referencia, incluido el del propio Ministerio.
De lo contrario, según el Ministro, el mercado de alquileres, antes tan boyante, podría salir gravemente perjudicado, pues tales inmuebles terminarían saliendo a la venta. En palabras de Ábalos: “es más eficaz promover que imponer”. O lo que es lo mismo, en vieja expresión proverbial castellana: se atrapan más moscas con miel que con vinagre.
El Ministro pide a Unidas Podemos paciencia para el debate y tramitación del anteproyecto, lo que hace fácilmente presumible que todavía no saldrá este mes.
El sector inmobiliario se halla expectante ante este nuevo desafío legislativo, y la mayor parte de sus expertos y profesionales se decantan más por el incentivo fiscal que por la restricción de precios desde el Estado, según Idealista.