Fiscal/Legal

Venta de un piso heredado: ¿qué trámites hay que hacer?

piso heredado

En el 2019 según el INE, se transmitieron casi 175 mil viviendas en herencia, este año y el próximo, por desgracia y a causa de la pandemia COVID-19, es muy probable que esa cifra aumente considerablemente y muchas personas de las que hereden propiedades, luego querrán ponerlas a la venta.

Pero ante ello seguro que nos surgen multitud de preguntas, ¿qué trámites hay que hacer?, ¿qué gastos tenemos que asumir?, ¿qué impuestos hay que pagar?, ¿cómo podemos bajar esa factura fiscal? Además es un tema de “rabiosa actualidad”, por el objetivo de muchos de “armonizar impuestos”, es decir subirlos y el de sucesiones y donaciones, es uno de los primeros que quieren tocar.

Ante la complejidad del tema y la multitud de dudas que nos asaltan, desde PH ASOCIADOS y GLOBAL PISO intentaremos ir aclarando algunas, con la publicación de una serie de noticias en este blog, en esta particularmente trataremos el necesario estudio previo conjunto del impuesto de sucesiones y del IRPF.

IMPUESTOS A PAGAR, CONSECUENCIAS EN EL IRPF e IMPUESTO DE SUCESIONES y DONACIONES

Cuando un ser querido fallece, además de la desgracia que supone, nos encontramos con un problema saber quién y cómo se deben repartir sus bienes.

A todos nos pasará antes o después y por eso el derecho de sucesiones es una rama importante del derecho que trata de dar respuesta y por eso palabrejas como, “donación, usufructo, legado, testamento, abintestato, …” nos suenan pero como algo muy extraño .

Sin embargo tienen mucha relevancia al recibir o realizar una herencia y además tiene consecuencias fiscales, es decir pagar impuestos muy importante, tanto las administraciones autonómicas, mediante el pago del impuesto de sucesiones, como la estatal mediante la declaración de la renta o las locales por medio de las locales.

La razón de todo ello es que el derecho de sucesiones se ocupa de establecer las normas para repartir y adquirir los bienes del fallecido, pero también se usan como parte fundamental de las normas fiscales que regula las obligaciones de los impuestos que gravan la sucesión o testamentaría, pero también en otros impuestos que debemos pagar y que se ven afectados de forma fundamental por esa testamentaría.

¿Qué impuestos debemos tener en cuenta y afectan a la venta de un piso o de un bien inmueble heredado?

De forma previa, hay que adquirir la propiedad de ese inmueble, sea por herencia testada, es decir con testamento, o abintestato, sin testamento, (ese tema lo trataremos en otras noticias). Los impuestos que tenemos que tener en cuenta en el momento de la adquisición son:

Impuesto de sucesiones y donaciones, de competencia autonómica a liquidar en el plazo de seis meses desde la aceptación o renuncia notarial de la herencia. La administración competente será en principio la de residencia habitual del fallecido y su importe viene marcado por el valor establecido y por supuesto las normas autonómicas aplicables.

Impuesto de plusvalía en el caso de bienes inmuebles, de competencia municipal, a liquidar en el plazo de seis meses desde la aceptación. El Ayuntamiento competente será donde esté situado el bien inmueble y su importe viene establecido en relación al valor catastral, fundamentalmente el del suelo.

– Es importante resaltar que para que se inscriba la adjudicación en el Registro de la Propiedad, es NECESARIO QUE CON ANTERIORIDAD SE HAYAN ABONADO AMBOS IMPUESTOS.

Impuestos a tener en cuenta en el momento de la venta

Otra vez el impuesto de plusvalía municipal, pero en este caso solamente tenemos treinta días de plazo para presentarlo. Si la venta se produce en escaso tiempo desde la adjudicación sucesoria, lo normal es que no se tenga que pagar nada, pero hay obligación de presentarlo

El impuesto de la renta, IRPF, de carácter estatal y a presentar a ejercicio vencido, es decir si se vende el inmueble en el 2020, deberemos incluirlo en la renta que presentamos el 2020, que es en la primavera del 2021. Sobre la plusvalía nos remitimos a un artículo anterior donde hablamos en detalle, ahora tratamos la relación y consecuencias fiscales, entre la escritura de adjudicación, el impuesto de sucesiones y el IRPF.

Por eso desde GLOBAL PISO, se ha llegado a un acuerdo con PH ASOCIADOS, que es un despacho jurídico y tramitaciones especializado que cuenta con abogados y fiscalistas, que primero te van a asesorar de forma preventiva y luego te acompañarán en la realización de todos los trámites y documentos a realizar.

Se trabaja en base a un trato personalizado de verdad, estudiando el caso en concreto y valorando la mejor opción legal y fiscal, que se concreta mediante presupuestos y provisiones detalladas, asistencia a la firma por un abogado experto, que además realiza o controla la redacción de los documentos necesarios, se tramita la realización de los impuestos correspondientes, tanto municipales, como autonómicos o nacionales y finalmente en su caso la correspondiente inscripción en los Registros Públicos.

Ponte en contacto con nosotros.

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