Alquiler

Conoce todo sobre la reconducción en el alquiler

¿Has escuchado este término antes pero no estás seguro de lo que significa? ¿Te has preguntado cómo funciona y cuándo se aplica? Entonces, estás en el lugar correcto.

En este artículo, hablaremos sobre la tácita reconducción, explicaremos qué es, cómo se aplica en el ámbito del alquiler y cuáles son sus implicancias tanto para arrendadores como para arrendatarios.

¿Quieres saber más? ¡Sigue leyendo!

Definición de tácita reconducción en el alquiler

La tácita reconducción es un término legal que se refiere a la prolongación automática de un contrato de alquiler cuando ha expirado el plazo estipulado, pero ninguna de las partes ha manifestado su deseo de darlo por finalizado. 

Además, este concepto, muy común en el ámbito de los alquileres de vivienda, permite que tanto el inquilino como el propietario sigan manteniendo la relación contractual sin necesidad de firmar un nuevo contrato.

¿Qué implica la tácita reconducción en el ámbito del alquiler?

La tácita reconducción implica que, tras el vencimiento del plazo inicial del contrato de alquiler, si el inquilino sigue ocupando el inmueble y el propietario lo permite sin manifestar su oposición, el contrato se renueva automáticamente. Esto sucede independientemente de si se ha comunicado formalmente o no.

En este caso, las condiciones del contrato original se mantienen intactas: el alquiler a pagar, los términos del uso del inmueble, entre otros, no varían, a menos que las partes acuerden expresamente lo contrario.

Ventajas y desventajas de la tácita reconducción en contratos de arrendamiento

La tácita reconducción puede traer tanto beneficios como inconvenientes para las partes involucradas: 

Ventajas

Para el inquilino, una de las principales ventajas es la posibilidad de permanecer en la vivienda sin tener que negociar un nuevo contrato. Por otro lado, el propietario se beneficia al no tener que buscar un nuevo inquilino o desocupar el inmueble.

Desventajas

Para el inquilino, la tácita reconducción puede significar la continuación de un contrato con condiciones que ya no son óptimas. Para el propietario, puede limitar la posibilidad de modificar las condiciones del contrato, como aumentar el precio del alquiler o actualizar las cláusulas del mismo.

¿Cuándo se considera que se ha producido la tácita reconducción?

La tácita reconducción se considera producida cuando, una vez terminado el plazo de duración del contrato de alquiler, ninguna de las partes manifiesta su voluntad de darlo por terminado y el inquilino continúa haciendo uso del inmueble.

Pasos para aplicar la tácita reconducción en un contrato de arrendamiento

  • Entender las condiciones de la tácita reconducción: Lo primero que debes hacer es comprender qué implica la tácita reconducción y cómo puede afectar tanto a inquilinos como a propietarios. Asegúrate de que se adapte a tus necesidades y expectativas.
  • Revisar el contrato: Antes de que el contrato de alquiler expire, revisa los términos y condiciones para verificar si existe alguna cláusula que impida o limite la tácita reconducción.
  • Permanecer en el inmueble: Para que se dé lugar a la tácita reconducción, el inquilino debe continuar haciendo uso del inmueble una vez finalizado el plazo del contrato, abonando el alquiler al propietario. 
  • Comunicación: Aunque la tácita reconducción se produce de manera automática, siempre es recomendable mantener una buena comunicación entre inquilino y propietario. Así, ambas partes están al tanto de la situación y pueden evitar malentendidos.
  • Revisar las condiciones del contrato: Aunque las condiciones del contrato se mantienen durante la tácita reconducción, ambas partes pueden acordar cambios si lo desean. Pueden ajustar el monto del alquiler, las condiciones de uso del inmueble, entre otros aspectos.
  • Fin de la tácita reconducción: En cualquier momento, tanto el inquilino como el propietario pueden manifestar su voluntad de dar por terminado el contrato. Es importante hacerlo por escrito y con la antelación necesaria según lo establecido en la legislación local.

Las más populares

C/ de los Morales, 10 Local 27 - 28054 Madrid

Tlf 622 763 475

info@globalpiso.es


© Grupo GP Soluciones Inmobiliarias

Síguenos en…

     

Desarrollado por Desarrollos Nonstop

Ir Arriba